El 3 de abril de 2020 se publicó en el BOE el Real Decreto 427/2020, de 3 de marzo, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para el reconocimiento de la lonjas de productos agropecuarios como “Lonjas de
Referencia”, y de sus asociaciones, y se crea el Registro nacional de lonjas de referencia y sus asociaciones.
Según el Real Decreto 427/2020, establece que serán consideradas como «Lonjas de Referencia‟ aquellas que por el tipo de información que suministren y por la idoneidad y calidad de los procedimientos de trabajo que utilicen, proporcionen información de interés para mejorar el funcionamiento y la transparencia de los mercados y el suministro de datos con fines estadísticos para el Ministerio de Agricultura, con el objetivo, entre otros, de dar
cumplimiento a las obligaciones de remisión de información de precios a la Unión Europea.
Entre los objetivos de la Lonja de Binéfar se encuentran, entre otros, la difusión de la información sobre precios orientativos no vinculantes, así como información sobre datos e índices de precios y sus tendencias previsibles de
mercado referidos a su ámbito de actuación como mercado en origen.
Y, del mismo modo, proporcionar datos de información que serán requeridos por el Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón y por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Tras la presentación en el Gobierno de Aragón de todos los requisitos solicitados en el Real Decreto, referente al funcionamiento de Lonja Agropecuaria de Binéfar y después de pasar todos los trámites, el día 14 de mayo de 2021, recibimos la “Resolución de la Dirección General de Innovación y Promoción Agroalimentaria”.
En la resolución deciden “Conceder el reconocimiento como Lonja de Referencia, conforme Real Decreto 427/2020 de 3 de marzo del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a la entidad LONJA AGROPECUARIA DE BINÉFAR, en la localidad de Binéfar, Huesca.El ámbito de actuación se extiende a nivel NACIONAL.
Desde el Gobierno de Aragón se dará traslado de la presente resolución al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a efectos de la comunicación preceptiva a la Unión Europea, obtención de los beneficios y ayudas que la
legislación determine y la subsiguiente inscripción registral.