PARTE 1- MEDIDAS FISCALES, ECONÓMICAS Y DE APOYO A PYMES, AUTÓNOMOS Y HOSTELERÍA
IMPUESTOS Y TASAS MUNICIPALES
1. Realizar una moratoria en el pago ampliando en 3 meses el periodo de pago en voluntaria de los siguientes impuestos y/o tasas:
– Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)
– Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)
– Impuesto sobre Construcción, Instalaciones y Obras (ICIO)
– Tasas por suministro de agua potable
– Tasas por recogida de basuras
– Tasas por vados y reservas de vía pública para aparcamiento
2. Habilitar la posibilidad de aplazamientos del pago de todos los tributos municipales, previa solicitud, sin intereses ni recargo durante el año 2020
aquellos establecimientos de restauración, autónomos y empresas afectados por la imposibilidad de apertura el público durante el estado de alarma decretado por el Gobierno de España, así como para personas que acrediten circunstancias económicas desfavorables generadas con motivo de la declaración del estado de alarma.
3. Exonerar durante todo el año 2020 a asociaciones, comercios y empresas con sede en Binéfar de las siguientes tasas:
– Tasas de ocupación de vía pública con mesas y sillas con finalidad lucrativa
(terrazas hostelería)
– Tasas por Servicio de mercado mensual de venta ambulante.
– Tasas por la utilización de instalaciones y equipamientos municipales (O.F. no 48)
4. Bonificar al 75% durante el año 2020 las tasas por recogida de basuras y suministro de agua potable a aquellos establecimientos de restauración,
autónomos y empresas afectados por la imposibilidad de apertura el público durante el estado de alarma decretado por el Gobierno de España.
5. Descontar de las tasas por mercado municipal las correspondientes a los meses en los que no se pueda realizar el mismo durante 2020 a todos los comerciantes.
6. Descontar las tasas correspondientes o canon proporcional por concesión de espacios municipales a aquellas que debido al estado de alarma decretado por el Gobierno de España no hayan podido realizar su actividad (Canon cine municipal y canon servicio bar piscinas municipales y centro joven)
7. Ampliar automáticamente los plazos en las licencias de obras concedidas con anterioridad al estado de alarma decretado por el Gobierno de España por el mismo periodo en el que fueron suspendidas las obras.
SUBVENCIONES Y LÍNEAS DE AYUDA
8. Crear una línea de ayudas para autónomos, microempresas, PYMES y comercio local afectados por la crisis del COVID19 con las siguientes líneas como base de las mismas:
– Esta subvención tiene como objetivo paliar y actuar de manera inmediata, ante las consecuencias económicas provocada por el COVID-19, dando soporte a las personas autónomas, microempresa y pequeña empresa, y lograr que una vez finalizada la crisis sanitaria, se produzca la reactivación de la economía y la nodestrucción de actividades económicas en estos colectivos, actuando directamente sobre personas físicas y jurídicas más afectadas, sin que esta ayuda sea incompatible con aquellas que puedan recibir por parte del Gobierno de España. Se trata de un complemento en todo caso, no de una sustitución.
– Podrá estar destinada a cubrir gastos comunes referidos a alquileres o suministros básicos del propio local donde se desempeñe la actividad
(electricidad, agua, gas, internet, líneas de teléfono, seguros de responsabilidad civil, etc.), así como gastos derivados del propio desempeño de la actividad.
– Proponemos 2 líneas diferenciadas:
- A) Una cantidad fija de 1.000 euros para aquellos autónomos y profesionales que hayan visto disminuida su actividad a cero por la obligación del cierre, o que puedan demostrar una bajada del 75% de caída de ingresos decretada en el RD 465/2020 de 17 de marzo, y su posterior modificación en el 465/2020, y que ya perciban el cese de actividad.
- B) Una cantidad fija de 1.500 euros para aquellas personas que hayan visto disminuidos sus ingresos un mínimo de un 50%, pero que no cumplan el requisito para entrar en el cese de actividad excepcional por imposibilidad de demostrar el 75% de caída de ingresos según el Art. 17 de RD 8/2020, y que no perciban el cese de actividad.
- Las cantidades de los dos párrafos anteriores se incrementarán en 1.000 euros en caso de tener desde 2 hasta 5 trabajadores (inclusive) y en 1.500 euros en caso de tener desde 5 hasta 15 trabajadores (inclusive) a fecha 1 de marzo de 2020.
Proponemos al menos los siguientes requisitos mínimos:
- Sea requisito para la solicitud ser persona física o jurídica que desarrollo su actividad económica en el término municipal de Binéfar.
- Que la actividad económica sea desarrollada por una persona autónoma, una microempresa o pequeña empresa.
- Que la actividad que desarrollan se haya visto afectada por el cierre de establecimientos dispuesto RD 465/2020 de 17 de marzo que modifica el
artículo 10 del RD 463/2020 de 14 de marzo o, no siendo este el caso,o que la actividad desarrollada por la empresa haya sufrido una reducción de su facturación en el mes anterior a la solicitud de esta subvención de al menos el 75%, en relación con la media efectuada en el semestre natural anterior a la declaración del estado de alarma. Cuando la persona física o jurídica no lleve de alta los 6 meses naturales exigidos para acreditar la reducción de los ingresos, la valoración se llevará a cabo teniendo en cuenta el periodo de actividad. - Que la actividad que desarrollan se haya visto afectada por el COVID-19 y que la actividad desarrollada por la empresa haya sufrido una reducción de su facturación en el mes anterior a la solicitud de esta subvención de al menos el 50%, en relación con la media efectuada en el semestre natural anterior a la declaración del estado de alarma Todos estos requisitos se justificarán a través de una declaración responsable que vendrá incluida en la instancia presentada y junto con la documentación requerida.
- Que la actividad afectada por el cierre del establecimiento o actividad profesional dispuesta por el estado de alarma no se ha visto compensada por un incremento de la facturación mediante un incremento del volumen de negocio online o telefónico de la persona solicitante.
o Haber cumplido con los requisitos y la realización de la actividad en todas las subvenciones que se le hayan concedido para un mismo destino y
finalidad en el ejercicio anterior por el Ayuntamiento de Binéfar. - Disponer o, en su defecto, haber solicitado el inicio del procedimiento para la obtención de las correspondientes licencias municipales y/o haber
presentado la comunicación previa correspondiente. - No hallarse incurso/a en ninguna de las circunstancias de inhabilitación a las que se refiere el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.
Proponemos al menos que los beneficiarios tengan una serie de obligaciones como:
- A) Mantener la actividad empresarial durante 12 meses, como mínimo, a partir del día siguiente de la publicación de la resolución de concesión dela subvención.
- B) Mantenimiento como mínimo de un 50% de la plantilla declarada en el informe de la vida laboral de la empresa aportado en el momento que se presentó la solicitud.
- C) Someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero previstas por la vigente normativa en materia de subvenciones.
- D) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en la Ley General de Subvenciones, y en particular, por obtener la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquéllas que lo hubieran impedido, o mostrar resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero prevista en la Ley General de Subvenciones
9. Crear una Subvención a la digitalización de PYMES y comercio hostelero, bien sea exclusivamente municipal o a través de fondos del CEDER Zona Oriental de Huesca u otras administraciones de rango superior para comercios establecidos en Binéfar.
Proponemos la diferenciación de dos líneas:
- Implantación de la venta por internet y la formación al personal para comercio.
- Adquisición de herramientas básicas que fomenten la seguridad entre el potencial cliente en hostelería: pagos sin contacto, reservas online,
cartas digitales, etc.
OTRAS MEDIDAS DE AYUDA Y DINAMIZACIÓN
10. Crear una guía para un “Binéfar comercio seguro” en cooperación con las asociaciones de comercio, hostelería y las autoridades sanitarias, que incluya además de una serie de pautas higiénico-sanitarias y una campaña de promoción de las mismas, la compra conjunta de materiales como: mascarillas, guantes, geles hidroalcoholicos y pantallas de protección.
11. Campaña de apoyo al comercio local y de cercanía diseñada conjuntamente con el comercio local que fomente la compra responsable y el apoyo mutuo local frente a las grandes superficies comerciales.
12. Rediseñar la muestra de tapas “Des Tápate” aplazada el pasado mes de marzo debido a la declaración del estado de alerta para su realización en verano buscando una fórmula novedosa que evite las aglomeraciones.
13. Favorecer la ampliación controlada y sin coste de las terrazas de comercios de hostelería en fin de semana, con la peatonalización durante los sábados, domingos y festivos de diversas calles: primer tramo de Avda. del Pilar, C/ Industria, tramo de la Avda. Aragón comprendido entre calle Zaragoza y C/Lérida. Asimismo, para otros existentes en otras zonas de la localidad, se permitirá en fin de semana la ampliación de sus terrazas habituales de la misma forma.
14. Ayudar en la creación de un servicio de reparto a domicilio del pequeño comercio local mediante alguna figura de colaboración público-privada que permita a pequeños comercios sumarse a dicho servicio con un bajo coste.
15. Crear bonos para el cine municipal con descuentos para fomento del mismo. Se propone la creación de bonos de 10 y 20 sesiones con descuentos del 15% y 30% respectivamente.
16. Definir un proyecto de ciudad en base a la sostenibilidad a medio y largo plazo que nos permita a las arcas municipales una política de gasto más eficiente y a la vez garantizar el futuro a nivel medioambiental y energético, creando además unas sinergias para que todo el municipio se beneficie teniendo en cuenta adelantarnos a la crisis climática que vendrá. Proyecto “Binéfar Brilla”: reducir en toda la localidad un 20% las emisiones de CO2 hasta el 2023, incrementando un 20% el uso de renovables y la eficiencia energética. Medidas a llevar a cabo:
- Crear un servicio de auditoría gratuita y asesoramiento en mejoras de eficiencia energética a comercios como línea para reducir sus gastos corrientes y a la vez avanzar en materia de sostenibilidad.
- Uso de energías renovables en el suministro municipal con su consecuente modernización en todas las instalaciones.
- Promoción del autoconsumo particular.
- Creación del sello Comercio Sostenible.
- Mercado agroecológico mensual coincidente con la feria en la Plaza de España