Ayudas a empresas, pymes y autónomos afectados por el Covid-19
En estos momentos en los que nuestra población ha sido sacudida por el COVID-19, debemos volcarnos en las consecuencias que esto nos va a traer:
una crisis económica, que es muy posible que pueda llevar aparejada una crisis social, de muchas personas que pueden ver perdidos sus negocios, sus
empleos y a las que sin duda habrá que ayudar en este tránsito que esperamos sea lo más breve posible.
Para ello queremos transmitir a los responsables municipales las siguientes posibles herramientas útiles con las que afrontar este período:
1. Aplicación del superávit presupuestario de 2019, con las condiciones establecidas en la disposición adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2012 y RDL 11/2020.
2. Realizar un estudio, con el Área de Intervención, de las partidas municipales que se pueden prescindir y dedicarlas a ayudas y subvenciones .
3. Plan urgente de pago a proveedores, abonando de las deudas contraídas sobre todo con pymes y autónomos acreedores, incluso anticipando el
abono del 50% del bien o servicio.
4. Reducción o bonificación para Pymes y autónomos afectados por el Estado de Alarma de los siguientes tributos locales:
– Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica
– Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana (En su caso, bonificación proporcional a los propietarios de locales comerciales que han suspendido el pago de alquileres a sus inquilinos)
– Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica
– Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras para familias y autónomos.
– Licencias urbanísticas.
– Exención de tasas por ocupación de terrazas por los próximos dos años.
– Bonificación de Tasa de agua y basuras.
5. Creación del proyecto “Binefarconlacultura” consistente en:
– Dar impulso a la contratación de artistas locales/provinciales para los distintos eventos que se celebren en la ciudad
– Ayudas a la programación cultural que revierta en la ciudad.
6. Creación del plan “Binefarconlasempresas” consistente en:
– Subvención de todos los gastos de material (sanitario, obras de adaptación de local, pantallas protectoras, detectores de temperatura, aparatos de desinfección, etc.) que sean debidamente acreditados, en los que tengan que incurrir las empresas de hasta 15 trabajadores en el período de un año, como consecuencia del COVID19. El importe máximo de la ayuda sería de 3000 euros.
– Subvención del importe de salario que hayan tenido que abonar las empresas como complemento a la prestación por desempleo, en el caso de que se haya acordado dicho en la negociación colectiva del respectivo ERTE. Objetivo: empresas de hasta diez trabajadores con un límite de 300€ por trabajador.
– Subvención de gastos fijos (suministros, alquiler, etc) de hasta 1500€ a empresas de hasta 15 trabajadores que hayan tenido que realizar un ERTE por el COVID19.
– Dentro del plan “Binefarconlasempresas” la creación del plan específico “Binefarconsuhosteleria” para la hostelería en atención a las medidas solicitadas
por el colectivo Doret “Binefarconsuhosteleria”.
– Dentro del plan “Binefarconlasempresas” la creación del plan especifico “Binefarconsucomercio” para el pequeño comercio, que incluya además de todas las medidas fiscales, demarcación de zonas estratégicas de peatonalización por períodos concretos el fin de semana.
7. Abono de las cuotas de autónomos residentes en Binéfar, que no hayan podido acceder a las ayudas aprobadas por el gobierno durante el tiempo
que esté en vigor el estado de alarma.