El Ayuntamiento de Binéfar recomienda el cierre de chamizos durante 15 días y pide seguir las recomendaciones de las autoridades sanitarias

En las instalaciones municipales se aplicará en todas ellas la reducción de aforos que marca la fase 2

En las instalaciones municipales se aplicará en todas ellas la reducción de aforos que marca la fase 2

El Ayuntamiento de Binéfar, ante la orden que ha publicado hoy el Departamento de Sanidad para la adopción de medidas especiales en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de COVID-19 en las comarcas de la La Litera, Cinca Medio y Bajo Cinca de la provincia de Huesca, pide encarecidamente a la población que siga las recomendaciones que establecen las autoridades sanitarias y las que se dicten desde el consistorio.

Los nuevos focos de contagio en nuestra comarca y en las vecinas han llevado a que se instauren en estas demarcaciones de nuevo, y en base a las atribuciones que da al Departamento de Sanidad la Ley de Salud de Aragón, las medidas de aislamiento social establecidas en su día para la fase 2 de desescalada, que se irán revisando periódicamente.

Según informa el Gobierno de Aragón, estas medidas de prevención y control extraordinarias están dirigidas a disminuir la transmisibilidad de la enfermedad en la población, dado que se han producido brotes en el entorno laboral de trabajadores agrícolas temporales, tanto en explotaciones como en industrias, siguen apareciendo casos relacionados con brotes previos en otras industrias, y además se están dando casos que indican transmisión comunitaria.

El Ayuntamiento de Binéfar, por el motivo expuesto, recomienda además, como medida extraordinaria, el cierre de chamizos durante un periodo de al menos 15 días, apelando a la responsabilidad individual de los jóvenes y de los padres en el caso de menores. Asimismo, se recomienda que cuando se retomen las reuniones se haga con grupos reducidos y se observen las medidas de prevención higiénicas y sanitarias.

En cuanto a las instalaciones municipales se aplicará en todas ellas la reducción de aforos que marca la fase 2 –hasta nuevo aviso- y seguirán cerrados los parques infantiles y los locales de asociaciones de la localidad.

Con el fin de contener cuanto antes estos brotes, desde el Ayuntamiento se pide a la población que sea responsable y que cumpla con las normas de distanciamiento social, uso obligatorio de mascarillas e higiene de manos. De nada sirve tener mediadores comunitarios y repetir las recomendaciones si no se cumplen, como podemos observar.

Las medidas más relevantes de esa fase que entran hoy en vigor son:

– Se puede circular por la unidad territorial de referencia, respetando las medidas de seguridad e higiene y la distancia mínima de seguridad, en grupos de un máximo de 15 personas.
– Las personas de hasta 70 años pueden realizar actividad física no profesional en cualquier franja horaria excepto entre las 10:00 y 12:00 horas y entre las 19:00 y 20:00 horas.
– Los velatorios pueden realizarse con un límite máximo de 25 personas en espacios al aire libre o 15 personas en espacios cerrados. La comitiva para la despedida de se restringe a un máximo de 25 personas.
– Se permite la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere un 50% de su aforo.
– Las ceremonias nupciales pueden realizarse en todo tipo de instalaciones, sin superar el 50% de su aforo. Podrán asistir un máximo de 100 personas en espacios al aire libre o de 50 personas en espacios cerrados.
– Se pueden realizar actividades de turismo activo y de naturaleza en grupos de hasta 20 personas.
– Aforo limitado en los comercios minoristas al 40%.
– Aforo limitado en establecimientos de hostelería y restauración al 40% en el interior. El consumo dentro del local se realizará exclusivamente en mesas. En el caso de las terrazas, limitación al 50% de las mesas.
– No pueden abrir las discotecas y bares de ocio nocturno.
– El aforo en las piscinas recreativas queda limitado al 30%.

En cuanto a la libre circulación, se recomienda a los ciudadanos de las citadas comarcas que limiten su circulación a estos territorios, salvo circunstancias acreditables, y se recomienda a las personas que no tengan su residencia en las citadas comarcas que eviten desplazamientos a las mismas.

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