Nueve de los once afiliados de la agrupación ya han formalizado la baja del PSOE
El pasado 24 de febrero de 2019, la Agrupación Local del PSOE de Albelda, decidió que la candidatura presentada por María Ángeles Roca, fuera la elegida, para representar al Partido en las Elecciones Municipales del 26 de mayo. La única candidatura que se presentó en tiempo y forma y con los avales necesarios para ello. Proceso que ha seguido todas las directrices marcadas y plazos establecidos según Estatutos y Reglamentos del Partido. Candidatura que fue votada y aceptada por todos los militantes presentes en la Asamblea.
Transcurridos 3 meses, desde la elección de Candidatura y habiendo trasladado toda la documentación a la Comisión Ejecutiva Provincial del Partido, estos han presentado una lista alternativa ilegal y alejada de cualquier procedimiento democrático.
En la Asamblea de Partido, los militantes, afiliados del PSOE en Albelda, de acuerdo con lo dispuesto en el procedimiento de elaboración de candidaturas para las elecciones 2019 (*) en su apartado 3, para asambleas municipales en municipios de menos de 20.000 habitantes, y en el artículo 309 (**) del Reglamento Federal de Desarrollo de los Estatutos del PSOE, encontrándose en la situación de que el municipio está gobernado por el PSOE, y la alcaldesa, María Angeles Roca Llop, ha optado a la reelección, se propuso como candidata a las elecciones municipales de 2019, para el Ayuntamiento de Albelda, avalando su candidatura completa, bloqueada y cerrada, tal como especifican el Reglamento Federal y la Normativa Electoral del Partido, para poblaciones de menos de 20.000 habitantes.
La agrupación local del Partido Socialista de Albelda, totalmente desilusionado por este juego maquiavélico de viejas maneras, de trepas necesitados, de egos narcisistas y de envidiosos interesados en que nuestro pueblo sucumba al vacío poblacional, ve con inmensa tristeza que tantos años (desde 1983) de militancia y de compromiso con los valores de izquierda y de progreso, se vean pisoteados y ninguneados por una estrategia de acoso y derribo políticos contra nuestra representante institucional y política, siendo tan complicado mantener el liderazgo y la gestión de una mujer en los pueblos de tradición patriarcal, nos vemos obligados a presentarnos como agrupación de electores independientes, pero muy esperanzados de que pronto se reconozca la legitimidad de nuestra lista socialista.
Cabe resaltar que las bajas incluyen entre otras, a Ernesto Roca uno de los fundadores de la Agrupación PSOE Albelda y primer alcalde socialista de la democracia en Albelda.Entre las bajas destacar la de M.Angeles Roca, actual Secretaria General del PSOE Albelda, actual alcaldesa por el PSOE y primera alcaldesa socialista en la era democrática de la Comarca de la Litera.
40 años de historia Socialista en Albelda rota por la decisión autoritaria de la dirección provincial del PSOE Alto Aragón que no ha respetado lo que la militancia de Albelda decidió democráticamente y en urnas el 24 de febrero.
Como recordatorio decir que esta Agrupación apoyo hace ahora 2 años a Pedro Sanchez en las primarias del PSOE, mientras la Dirección Provincial del PSOE Altoaragonés, hizo campaña a favor de Susana Díaz y que a la vez resulto la ganadora en el conjunto de la Provincia de Huesca.
La Comisión Ejecutiva Provincial del PSOE en Huesca, no respeta las normas estatutarias del partido y actúa de manera arbitraria, contra la decisión de la militancia en Albelda.
(*) 3. ASAMBLEAS MUNICIPALES O DE DISTRITO EN MUNICIPIOS DE MENOS DE 20.000 HABITANTES.
En asamblea extraordinaria convocada exclusivamente para decidir sobre las propuestas para la elaboración de candidaturas, los/as militantes y afiliados/as directos/as elegirán las propuestas de candidatos/as a los distintos procesos electorales a los que concurre el PSOE.
3.1 Convocatoria de la asamblea
La comisión ejecutiva municipal o de distrito, al menos 5 días antes de la celebración de la asamblea extraordinaria, remitirá convocatoria a los/as militantes y afiliados/as directos/as de su ámbito territorial indicando, además de la hora y lugar de celebración de la asamblea, el plazo, el procedimiento y los medios para formular la propuesta de candidatos/as que finalizará 24 horas antes del comienzo de la asamblea. En dicha asamblea se abordarán las propuestas y votaciones de todos los procesos electorales de su correspondiente ámbito.
3.2 Propuesta de candidaturas
En este caso, se aplicará el sistema de listas completas, cerradas y bloqueadas, es decir incluyendo el mismo número de candidatos/as que concejales a elegir en la correspondiente elección (incluyendo al candidato/a la Alcaldía). En el caso de que el municipio este gobernado por el PSOE, el/la Alcalde/sa sea socialista y opte a la reelección, únicamente se podrá presentar una lista alternativa a la encabezada por el/la Alcalde/sa, si cuenta con el aval de, al menos, un 30% de la militancia de esa Agrupación, circunstancia que habrá de verificarse por la Comisión Ejecutiva Municipal antes del inicio de la Asamblea.
(**) Artículo 309. Municipios de menos de 20.000 habitantes. 1. Con, al menos, 24 horas de antelación a la fecha de celebración de la Asamblea, se podrán presentar candidaturas completas, incluyendo al/la candidato/a a la Alcaldía, para su votación por los militantes y afiliados/as directos/as. En el caso de que el municipio esté gobernado por el PSOE, el/la Alcalde/sa sea socialista y opte a la reelección, únicamente se podrá presentar una lista alternativa a la encabezada por el/la Alcalde/sa, sí se cuenta con el aval de, al menos, un 30% de la militancia de esa Agrupación, circunstancia que habrá de verificarse por la Comisión Ejecutiva municipal antes del inicio de la Asamblea. Una vez iniciada la Asamblea, los/as militantes y afiliados/as directos en la Asamblea local votarán entre las candidaturas completas presentadas, incluyendo al/la candidato/a a la Alcaldía. La Comisión Ejecutiva Municipal remitirá la candidatura más votada a la Comisión Ejecutiva de ámbito territorial superior.