Con fecha 17 de julio se emitió la sentencia que da la razón a los concejales del Grupo Socialista del Ayuntamiento de Tamarite, que habían demandado al consistorio que dirige Sandra González. En concreto, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº1 de Huesca considera vulnerado el derecho fundamental de los ediles del PSOE a la participación política, un derecho recogido en el artículo 23 de la Constitución, por no convocar sesiones de pleno municipal con la periodicidad acordada en la primera sesión del nuevo mandato, en junio de 2023.
Desde entonces, explica Ángel Almuzara, “sólo hemos celebrado un pleno ordinario y en él no se abordaron prácticamente asuntos de gestión del municipio. Es una muestra más del mal funcionamiento del Ayuntamiento de Tamarite de Litera desde que el Partido Popular llegó a la alcaldía. Ha tenido que ser la justicia la que le obligue a convocar los plenos, es algo inaudito”.
El portavoz del PSOE se muestra satisfecho con el fallo del juez, que reconoce que ha habido actividad en el Ayuntamiento durante este año pero no ajustada a la norma relativa a la convocatoria de plenos, y pide a Sandra González que, “como máxima responsable municipal, asuma públicamente que ha vulnerado nuestros derechos y, por tanto, la Constitución que tanto dice defender. Esperamos que, tras más de un año, poco a poco el ayuntamiento empiece a funcionar. Es lo que esperan los vecinos de Tamarite, Algayón y La Melusa”.
La sentencia recuerda que ya se decidió sobre un caso similar en 2014 relativo a la ausencia de plenos en la Comarca del Bajo Cinca, y mantiene el criterio seguido entonces de estimar la demanda por vulneración de derechos, pues en ese momento consideró que la convocatoria y celebración de sesiones plenarias, específicamente, ordinarias se halla, per se, en el núcleo del derecho fundamental a la participación política municipal.